Art. 2.º
Art 2 del Real Decreto 927/1987 de 3 de julio, por el que se crea la representación permanente de España ante la Oficina de la Organización de Naciones Unidas y Organismos Internacionales con sede en Viena. · BOE-A-1987-16726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-07-18.
Texto consolidado
La Jefatura de la Representación Permanente corresponde al Embajador representante permanente de Espada, que es nombrado mediante Real Decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores.