Art. 2.º
Art 2 del Real Decreto 773/1989, de 23 de junio, por el que se regulan aspectos formales de los sorteos a celebrar por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado. · BOE-A-1989-14729
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-06-28.
Texto consolidado
El Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado podrá participar en sorteos comunes con otras Loterías de Estado, pudiendo contribuir, a tal fin, en la constitución de un fondo común para premios, respetándose, en todo caso, los porcentajes que, con destino a los mismos, se encuentran establecidos legalmente.