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Real Decreto Derogada

Art. 2.º

Art 2 del Real Decreto 2406/1985, de 20 de noviembre, por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de las bicicletas y sus partes y piezas y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. · BOE-A-1985-26904

Atención: Real Decreto 2406/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Todas las bicicletas, tanto de fabricación nacional como de importación, quedan sometidas a la obligatoriedad del requisito de la homologación de tipo, así como a la certificación de la conformidad de la producción con el modelo homologado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-01-19.

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