Art. 195.
Art 195 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.
Texto consolidado
La designación para prestar servicios ordinarios se hará por orden de antiguo a moderno para los de armas, y en sentido inverso, para todos los demás.
Habrá un turno independiente para cada servicio, que podrá ser diferente para los días festivos.
En los soldados, el criterio de antigüedad se sustituye por el orden alfabético.