Art. 17.
Art 17 de la Orden de 31 de julio de 1991 por la que se aprueba el Reglamento del Colegio para Huérfanos de Funcionarios de la Hacienda Pública. · BOE-A-1991-22573
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-09-24.
Texto consolidado
La Junta de Gobierno se reunirá por lo menos una vez cada trimestre y en cuantas ocasiones sea convocada por el Presidente, bien por iniciativa propia o a solicitud de la mitad más uno de los Vocales.