Art. 16.
Art 16 de la Ley 7/1988, de 5 de diciembre, por la que se reorganiza el Instituto de Estudios Asturianos. · BOE-A-1989-1485
Atención: Ley 7/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El cargo de Director será retribuido.
Los demás cargos podrán tener una remuneración de representación con cargo al presupuesto anual y con la debida aprobación del Consejo General.