Art. 15.
Art 15 de la Ley 7/1988, de 5 de diciembre, por la que se reorganiza el Instituto de Estudios Asturianos. · BOE-A-1989-1485
Atención: Ley 7/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La gestión administrativa del Instituto será desarrollada por el Secretario General. El titular de la Secretaría ejercerá las funciones de Secretario del Consejo y de la Junta Permanente, prestando asesoramiento y asistencia técnica, jurídica y administrativa y dando fe de sus acuerdos. Será el Jefe del personal administrativo y subalterno.
El Secretario general será designado por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, previo el correspondiente proceso selectivo, entre funcionarios del Principado de Asturias, en que será oída la Junta Permanente.