Art. 157.
Art 157 del Decreto 437/1969, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal. · BOE-A-1969-359
Atención: Decreto 437/1969 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La inspección del Ministerio Fiscal corresponde al Fiscal del Tribunal Supremo y por su delegación con el carácter de permanente y sin perjuicio de sus facultades de delegación, al Inspector Fiscal y en su caso al Teniente Inspector Fiscal y a los Fiscales de las Audiencias Territoriales y Provinciales, en los términos señalados en el artículo 21 del Estatuto.