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Ley Vigente

Art. 15.

Art 15 de la Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia. · BOE-A-1989-10300

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-09-23.

Texto consolidado

Las cuestiones que se susciten entre municipios, referentes a los expedientes de alteraciones de términos municipales, serán resueltas por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, previo dictamen del Órgano Consultivo Superior de ésta, si existiera, o del Consejo de Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-09-23.

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