Art. 15.
Art 15 del Acuerdo de 5 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional. · BOE-A-1990-18696
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-04.
Texto consolidado
Corresponde también al Presidente del Tribunal:
a) Ejercer la superior autoridad sobre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que presten servicio en la sede del Tribunal.
b) Disponer lo procedente sobre el acceso a la sede del Tribunal y permanencia en ella de cualquier persona.
c) Impartir las directrices y órdenes necesarias para el funcionamiento del servicio de seguridad del Tribunal.
d) Impartir las directrices y órdenes pertinentes para el funcionamiento del parque de vehículos del Tribunal, sin perjuicio de la dependencia de los conductores de la autoridad a cuyo servicio se dispone el vehículo y de la que corresponda al Parque Móvil del Estado.
Los apartados b) y d) están redactados conforme al Acuerdo del Pleno de 1 de abril de 2011 (Ref. BOE-A-2011-6009.). Téngase en cuenta que por Real Decreto 146/1999, de 29 de enero (Ref. BOE-A-1999-2339.), desarrollado por la Orden de 30 de junio de 1999 (Ref. BOE-A-1999-19126.), y modificado por el Real Decreto 776/2011, de 3 de junio (Ref. BOE-A-2011-9736.), se modifica la estructura orgánica básica y funciones, y se transforma el organismo autónomo Parque Móvil Ministerial en Parque Móvil del Estado.
Se modifican las letras b) y d) por el art. único.4 del Acuerdo de 1 de abril de 2011. Ref. BOE-A-2011-6009.
Redactado el apartado b) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 260, de 30 de octubre de 1990. Ref. BOE-A-1990-26298.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-6009.