Art. 146.
Art 146 del Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial. · BOE-A-1986-10872
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-05-06.
Texto consolidado
Los funcionarios eventuales percibirán, dentro de las previsiones presupuestarias; retribuciones equivalentes a las que correspondan a los funcionarios de carrera, que realicen función análoga, y se regirán por las normas establecidas para los mismos, en cuanto les sean de aplicación.