Art. 143.
Art 143 del Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra. · BOE-A-1983-31306
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-01-01.
Texto consolidado
Se nombrará un Jefe de Cuartel en las Bases y Acuartelamientos en que entren simultáneamente dos o más Capitanes de Cuartel o Retén, o cuando la situación lo requiera, a juicio de la Autoridad territorial o del Jefe de la Gran Unidad.
Garantizará la permanencia de la acción del mando y coordinará las distintas guardias, así como las actividades de régimen interior que se le encomienden.