Art. 14.
Art 14 de la Orden de 23 de diciembre de 1988 por la que se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Social de la Universidad de León. · BOE-A-1988-29628
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-12-31.
Texto consolidado
Los Consejeros perderán la condición de miembros del Consejo Social por las causas siguientes:
a) Por cumplimiento del plazo para el que fueron elegidos.
b) Por renuncia.
c) Por incompatibilidad, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
d) Por incumplimiento reiterado de los deberes inherentes a su cargo.
e) Por revocación de la representación que ostentan.
f) Por incapacidad declarada por decisión judicial firme que conlleve la inhabilitación o suspensión para cargos públicos.
g) Por fallecimiento.