Art. 133.
Art 133 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.
Texto consolidado
El mando con carácter interino se ejercerá por cese o fallecimiento del titular. En tanto no tenga lugar la toma de posesión del nuevo titular, el interino tendrá las mismas atribuciones y responsabilidades que aquél.