Art. 13.
Art 13 de la Ley 3/1984, de 25 de abril, sobre Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1984-11906
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-08.
Texto consolidado
1. El Consejo de Gobierno se reúne mediante convocatoria del Presidente, acompañada del orden del día de la reunión.
2. La celebración de las sesiones del Consejo de Gobierno requerirá la presencia del Presidente o de quien le sustituya y de la mitad al menos, de los Consejeros.
3. Los acuerdos del Consejo de Gobierno se adoptarán por mayoría de sus miembros presentes, dirimiendo el voto del Presidente en caso de empate.