Art. 129.
Art 129 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1991-413
Atención: Ley 9/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las autoridades y todo el personal al servicio de la Comunidad de Madrid que por dolo, culpa o negligencia grave adopten resoluciones o realicen actos con infracción de las disposiciones de esta Ley y normas que la desarrollen o complementen, estarán obligados a indemnizar a la Hacienda de la Comunidad los daños y perjuicios que sean consecuencia de aquéllos, con independencia de la responsabilidad penal o disciplinaria que les pueda corresponder.