Art. 12.
Art 12 del Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General y Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos. · BOE-A-1977-14718
Atención: Real Decreto 1471/1977 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Asamblea General estará constituida por el Presidente del Consejo General y los Presidentes de los Colegios, todos ellos en calidad de Consejeros y con voz y voto, en la forma que se determina en el artículo 13. Formarán, igualmente, parte de la Asamblea General, con voz pero sin voto, los miembros de la Junta de Gobierno del Consejo General que no tengan la condición de Consejeros y los Presidentes de los Consejos de ámbito autonómico.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-10670.