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Ley Vigente 2 redacciones

Art. 11.

Art 11 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano. · BOE-A-1984-3460

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-24.

Texto consolidado

Corresponde al President de la Generalitat, en su condición de representante ordinario del Estado en la Comunitat Valenciana, promulgar, en nombre del Rey, las Leyes de la Generalitat y disponer lo necesario para su publicación en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana», en el plazo de quince días de su aprobación, y en el «Boletín Oficial del Estado».

Su anterior numeración era art. 15.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2007-8281.

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