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Ley Derogada

Art. 10.

Art 10 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1991-413

Atención: Ley 9/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Dentro de su respectiva competencia y en los términos establecidos por la presente Ley, son funciones de los Órganos superiores de Gobierno y Administración de la Comunidad:

a) Administrar los créditos para gastos de los Presupuestos de la Comunidad y sus modificaciones.

b) Contraer obligaciones económicas en nombre o por cuenta de la Comunidad de Madrid, dentro de las limitaciones establecidas en las Leyes anuales de Presupuestos Generales.

c) Autorizar los gastos que no sean de la incumbencia del Consejo de Gobierno y elevar a la aprobación de éste los que sean de su competencia.

d) Proponer el pago de las obligaciones al Consejero de Hacienda.

e) Las demás que les confiera la Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-11-21.

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