Art. 1.
Art 1 del Real Decreto 1231/1988, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización del café. · BOE-A-1988-24183
Atención: Real Decreto 1231/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1.1 La presente Reglamentación tiene por objeto definir que se entiende por café y fijar, con carácter obligatorio, las normas de elaboración, almacenamiento, transporte, comercialización y, en general, la ordenación técnico-sanitaria de dichos productos. Será aplicable, asimismo, a los productos importados.
1.2 Esta Reglamentación obliga a toda persona natural o jurídica que, dentro del territorio nacional, dedique su actividad a la elaboración, almacenamiento, transporte, comercialización y, en su caso, importación de los productos definidos en la misma.