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Real Decreto Vigente

Artículo 1.

Art 1 del Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria. · BOE-A-1988-3987

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-03-08.

Texto consolidado

Uno. Los títulos, diplomas o estudios extranjeros podrán ser objeto de homologación a los títulos españoles de educación no universitaria conforme a lo establecido en el presente Real Decreto.

Dos. Asimismo los estudios extranjeros que no sean homologables a títulos españoles podrán ser objeto de convalidación por cursos del sistema educativo español de acuerdo con lo previsto en este Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-03-08.

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