Art. 1.
Art 1 de la Orden de 5 de octubre de 1988 por la que se aprueba el Reglamento de la Escuela Diplomática. · BOE-A-1988-24046
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-10-20.
Texto consolidado
Uno. La Escuela Diplomática es un Centro de estudios del Ministerio de Asuntos Exteriores que se rige por Real Decreto 1475/1987, de 27 de noviembre, y por el presente Reglamento.
Dos. La Escuela Diplomática ejerce sus actividades docentes en el marco de los objetivos y conforme a las atribuciones que la legislación vigente confiere al Instituto Nacional de la Administración Pública.