Art. 1.
Art 1 del Decreto 584/1974, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE). · BOE-A-1974-436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-14.
Texto consolidado
Ferrocarriles de Vía Estrecha, abreviadamente FEVE, es una Entidad con personalidad de derecho público, actuando en régimen de Empresa mercantil, con personalidad jurídica independiente de la del Estado, organización autónoma, patrimonio propio y plena capacidad para el desempeño de sus fines, sin perjuicio de su relación con el Gobierno, a través del Ministerio de Obras Públicas, en los términos establecidos en el Decreto-ley 11/1972, de 29 de diciembre, y en este Estatuto.