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Real Decreto Derogada

ANEXO III

ANEXO III del Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. · BOE-A-2007-11446

Atención: Real Decreto 727/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Intensidad del servicio de centro de día para las personas en situación de dependencia en grado I

Grado I. Dependencia moderada

Horas semanales de atención mínima personalizada

Nivel 2.

25 horas semanales.

Nivel 1.

15 horas semanales.

Esta modificación tiene efectos desde el 1 de enero de 2011, según establece la disposición final única.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-02-19.

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