Agrupación 11. Doctores y Licenciados en Ciencias Físicas, en Ciencias Geofísicas y en Ciencias Geológicas, Ingenieros de Minas.
Agrupación 11 del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas. · BOE-A-1990-23930
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.
Texto consolidado
Grupo 111. Doctores y Licenciados en Ciencias Físicas, Doctores y Licenciados en Ciencias Geofísicas y Doctores y Licenciados en Ciencias Geológicas.
Cuota de: 24.219 pesetas. (145,56 euros)
Grupo 112. Ingenieros de Minas.
Cuota de: 35.190 pesetas. (211,50 euros)
Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964.
Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera..
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