El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

93. Sección transversal.

93 de la Orden de 16 de diciembre de 1997 por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicios. · BOE-A-1998-1457

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-02-13.

Texto consolidado

En el tramo más próximo a su intersección con la vía de servicio, la vía secundaria tendrá una anchura mínima no inferior a la de aquélla, salvo que la de esta última fuera superior a seis metros (6,00 m), en cuyo caso este valor sería el ancho mínimo de aquélla. La anchura mínima se mantendrá en una longitud no inferior a veinticinco metros (25,00 m), a medir desde la arista exterior de la calzada de la vía de servicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-02-13.

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