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Real Decreto Derogada

5.3 ÁMBITO DE OPORTUNIDADES DE EMPLEO Y FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN

5.3 del Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014. · BOE-A-2011-18146

Atención: Real Decreto 1542/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Definición

Dentro de este ámbito se persigue el diseño y desarrollo de acciones y medidas de estímulo de la contratación y apoyo al mantenimiento de puestos de trabajo que contribuyan a reducir las tasas de desempleo, mejorar la calidad del empleo y favorecer la cohesión social.

Medidas estatales

Acciones y medidas de aplicación para el conjunto del Estado, por parte de Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos ámbitos competenciales:

Ámbito exclusivo del Servicio Público de Empleo Estatal:

• Bonificaciones en las cuotas a la seguridad social por la contratación de colectivos con mayores dificultades de inserción, especialmente jóvenes y personas en paro de larga duración, así como para favorecer el mantenimiento de los puestos de trabajo, especialmente para las personas de más edad, trabajadores con contratos suspendidos por Expedientes de Regulación de Empleo y para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral.

• Promoción, en el marco de la Estrategia Global para el Empleo de los trabajadores y trabajadoras de más edad 2012-2014, de medidas que favorezcan la contratación y el mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras desempleadas mayores de 55 años, incluyendo a las que se incorporen como socios trabajadores y de trabajo en las cooperativas y sociedades laborales.

• Evaluación general del sistema de bonificaciones para su mayor contribución a la creación y mantenimiento del empleo.

Ámbito de las Comunidades Autónomas y del Servicio Público de Empleo Estatal según sus competencias:

• Promoción de medias que favorezcan la contratación en actividades económicas emergentes y con expectativas de crecimiento de empleo, acompañada de acciones de información y asesoramiento sobre las características de las mismas y sus requerimientos profesionales. Ello, especialmente, en actividades como las relacionadas con las energías renovables; el turismo sostenible; las industrias culturales; industrias sociales y de la salud, especialmente actividades vinculadas a la dependencia; las nuevas tecnologías; las ecoindustrias; y la rehabilitación de edificios.

• Iniciativas de colaboración social para perceptores de prestaciones y subsidios.

• Evaluación de las distintas acciones y medidas que permitan analizar la efectividad de éstas a efectos de su mantenimiento, modificación o supresión.

Medidas que se configuran como referentes para las actuaciones en Políticas Activas de Empleo

• Estímulo de la contratación indefinida de los colectivos con mayores dificultades de inserción laboral, mejorando las políticas de incentivos y estableciendo requisitos más adecuados con la situación del mercado de trabajo

• Fomento de acciones de contratación como garantía de rentas, que reduzcan los riesgos de exclusión social de colectivos en situación prolongada de desempleo.

• Actuaciones en favor del empleo en actividades económicas emergentes y con potencial de generación de empleo.

• Acciones de apoyo al mantenimiento del empleo de trabajadores con contrato indefinido, acompañado de medidas de mejora de la empleabilidad.

• Actuaciones de información y asesoramiento a las empresas para facilitar la contratación.

• Apoyo a la contratación, por Administraciones Públicas e Instituciones sin ánimo de lucro, de personas en desempleo, especialmente en situación de paro de larga duración.

Colectivos prioritarios

Personas jóvenes.

Personas en paro de larga duración.

Personas con discapacidad.

Personas en situación de exclusión social.

Víctimas de violencia de género y doméstica.

Mayores de 55 años (mantenimiento del empleo).

Personas con contrato suspendido por Expedientes de Regulación de Empleo.

Personas reincorporadas a su puesto de trabajo tras suspensiones de contrato por maternidad y otras medidas de conciliación de vida familiar y laboral (mantenimiento del empleo).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-20.

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