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Real Decreto Derogada

5.2 ÁMBITO DE FORMACIÓN Y RECUALIFICACIÓN

5.2 del Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014. · BOE-A-2011-18146

Atención: Real Decreto 1542/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Definición

Acciones y medidas de aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional incluidas en el subsistema de formación profesional para el empleo que tienen por objeto impulsar y extender entre las empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que responda a sus necesidades y contribuya al desarrollo de una economía basada en el conocimiento.

Las acciones formativas del subsistema de formación para el empleo están dirigidas a la adquisición, mejora y actualización permanente de las competencias y cualificaciones profesionales, favoreciendo el aprendizaje a lo largo de toda la vida de la población activa, y conjugando las necesidades de las personas, de las empresas, de los territorios y de los sectores productivos.

La oferta formativa vinculada a la obtención de los Certificados de Profesionalidad, estructurada en módulos formativos, facilita la acreditación parcial acumulable para el reconocimiento de competencias profesionales en el marco del Sistema Nacional de las Cualificaciones y Formación Profesional. Además, permite el reconocimiento y capitalización de aprendizajes mediante la acreditación de la experiencia profesional y la formación profesional del sistema educativo, vinculada con el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

Los Servicios Públicos de Empleo promoverán el mantenimiento de una red de centros colaboradores, públicos y privados, que junto a sus centros, garantizarán una permanente oferta de formación para el empleo de calidad. Asimismo, en colaboración con el sistema educativo, promoverán la Red de Centros Integrados y la de los Centros de Referencia Nacional.

Debe promoverse la realización de procesos de evaluación sistemáticos y periódicos, de acuerdo con los criterios aprobados por los instrumentos de participación del subsistema y con las directrices europeas en materia de calidad.

Medidas estatales

Acciones y medidas de aplicación para el conjunto del Estado, por parte de Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos ámbitos competenciales:

• Revisión del modelo de formación profesional para el empleo de acuerdo con el nuevo marco de desarrollo de las políticas activas de empleo y del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

• Actuaciones tendentes a incrementar el volumen de empresas que participan en la formación de sus trabajadores.

• Impulso de la oferta formativa en la modalidad en línea, y mixta (combinada con la presencial).

• Formación para formadores del ámbito de la formación para el empleo.

• Actuaciones vinculadas a la evaluación, mejora y reconocimiento de las competencias clave tanto para personas ocupadas como desempleadas.

• Plan de evaluación anual del sistema para la implantación de ajustes y mejoras.

• Acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación.

Medidas que se configuran como referentes para las actuaciones en Políticas Activas de Empleo

• Impulso de convenios de colaboración entre los servicios públicos de empleo y las empresas y/o las organizaciones empresariales con el fin de llevar a efecto planes de prácticas profesionales en empresas.

• Oferta formativa vinculada con procesos de acreditación de la experiencia profesional a través de ofertas modulares.

• Formación para emprendedores.

• Formación y recualificación de personas ocupadas en sectores con pocas perspectivas de crecimiento económico.

• Refuerzo de la oferta de formación certificable.

• Implantación y oferta de todo el Repertorio de certificados de profesionalidad a través de la red de centros acreditados.

• Actuaciones orientadas a incrementar la tasa de cobertura de formación de trabajadores desempleados.

• Mejora de la calidad de la Red de centros y Entidades de Formación Profesional para el empleo.

Colectivos prioritarios

Personas sin cualificación profesional.

Personas con necesidades formativas especiales o con dificultades para su inserción o recualificación profesional.

Personas en el ámbito rural.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-20.

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