2.º
2 de la Orden de 25 de marzo de 1980 por la que se establece los criterios objetivos para la determinación de las fincas manifiestamente mejorables. · BOE-A-1980-7574
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-05-01.
Texto consolidado
Las citadas condiciones se evaluarán mediante los siguientes índices:
1) Índices de ocupación de mano de obra fija, que expresarán el número de obreros fijos por hectárea ocupados en la finca.
2) Índices de utilización de la tierra consistentes en el porcentaje de superficie total cultivable que esté de hecho ocupada anualmente por cultivos o, en su caso, por el número de cabezas de ganado mantenidas por hectárea de pastos o de aprovechamientos ganaderos.
3) Índices de producción, que expresarán, en pesetas, la producción bruta obtenida por hectárea cultivada o, en su caso, por cabeza de ganado.
Para el cálculo de estos índices y de sus valores medios correspondientes se tendrán en cuenta las distintas clases de tierras, cultivos y ganados.