13. Descripción del producto.
Atención: Circular 2/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La cobertura financiera del riesgo de precios que se deriva del proceso de separación de Mercados se instrumentará a través de un mecanismo de subasta de contratos basados en las diferencias de precios para cada hora en el mercado diario entre el Sistema Eléctrico español y el Sistema Eléctrico portugués en diferentes horizontes temporales.
2. El nominal de cada contrato será de 1 MW. Habrá dos tipos de contratos objeto de subasta:
Contrato 1: «contrato opción de cobertura para exportación de energía eléctrica de España a Portugal».
Contrato 2: «contrato opción de cobertura para exportación de energía eléctrica de Portugal a España».
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- → 14. Mecanismo de asignación de los contratos financieros y determinación del precio.
- Ver la norma completa: Circular 2/2014, de 12 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología relativa al acceso a las infraestructuras transfronterizas, incluidos los procedimientos para asignar capacidad y gestionar la congestión, así como la metodología relativa a la prestación de servicios de equilibrio entre sistemas gestionados por distintos operadores del sistema.