1. Documentación que deberán aportar los interesados.
1. de la Instrucción de 2 de octubre de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre determinados aspectos del plan intensivo de tramitación de los expedientes de adquisición de la nacionalidad española por residencia. · BOE-A-2012-12808
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-14.
Texto consolidado
El expediente de nacionalidad por residencia, en su fase registral, se compondrá exclusivamente de los documentos que se especifican en el anexo I de la presente Instrucción. Conforme a la Instrucción de 26 de julio de 2007, los folios resultantes se numerarán consecutivamente.
A fin de abreviar en lo posible el tiempo de tramitación, esta Dirección General oficiará al Registro Civil de forma telemática por medio de la bandeja de entrada de la aplicación Inforeg al Registro Civil los expedientes en los que se adviertan defectos de tramitación, carezcan de los documentos que se han de exigir a los interesados o se advierta que el informe relativo al grado de integración del solicitante en la sociedad española sea manifiestamente incompleto o inadecuado a los fines pretendidos.
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- → 2. Sustanciación del expediente en los Registros Civiles y acumulación de varios trámites en el plazo más breve posible.
- Ver la norma completa: Instrucción de 2 de octubre de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre determinados aspectos del plan intensivo de tramitación de los expedientes de adquisición de la nacionalidad española por residencia.