Real Decreto 57/1995, de 24 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de espectáculos.
BOE-A-1995-4038 · Boletín Oficial del Estado, 1995-02-16 · Ministerio para las Administraciones Públicas
Real Decreto 57/1995 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 57/1995
- Fecha de la disposición
- 1995-01-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 40, 1995-02-16
- Entrada en vigor
- 1995-02-17
- Departamento
- Ministerio para las Administraciones Públicas
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 4
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-4038
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Constitución Española reserva al Estado, en su artículo 149.1.29.ª, la competencia exclusiva en materia de seguridad pública, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas en la forma que se establezca en los respectivos estatutos en el marco de lo que disponga una Ley Orgánica.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1.24, del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, y reformado por Ley Orgánica 8/1994, de 24 de marzo, la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de espectáculos.
El Real Decreto 1957/1983, de 29 de junio, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de erratas | en BOE núm. 52, de 2 de marzo de 1995 |
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley Orgánica 8/1994, de 24 de marzo |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Extremadura. |
| De conformidad con | el Real Decreto 1957/1983, de 29 de junio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 57/1995?
- Real Decreto 57/1995 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 57/1995?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 57/1995?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.