Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
BOE-A-2012-2396 · Boletín Oficial del Estado, 2012-02-18 · Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Real Decreto 400/2012 está derogada desde el 2017-07-29: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 400/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-02-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 42, 2012-02-18
- Entrada en vigor
- 2012-02-18
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2017-07-29
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-2396
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, dictado al amparo del artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, establece una nueva estructura de la Administración General del Estado, mediante diversas supresiones y modificaciones en el ámbito de aquéllos, con el objeto de desarrollar el programa político de reformas del Gobierno y conseguir la máxima austeridad y eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado.
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización general del Departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Seguridad.
- Artículo 3. Dirección General de la Policía.
- Artículo 4. Dirección General de la Guardia Civil.
- Artículo 5. Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
- Artículo 6. Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería.
- Artículo 7. Subsecretaría del Interior.
- Artículo 8. Secretaría General Técnica.
- Artículo 9. Dirección General de Política Interior.
- Artículo 10. Dirección General de Tráfico.
- Artículo 11. Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
- Artículo 12. Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo.
- Disposición adicional primera. Competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en materia de extranjería e inmigración.
- Disposición adicional segunda. Órganos colegiados.
- Disposición adicional tercera. No incremento de gasto público.
- Disposición adicional cuarta. Nombramiento de los Directores Generales de la Policía y de la Guardia Civil.
- Disposición adicional quinta. Supresión de órganos.
- Disposición adicional sexta. Desconcentración de competencias para el cierre de puestos fronterizos.
- Disposición adicional séptima. Delegaciones de competencias.
- Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
- Disposición transitoria segunda. Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.
- Disposición transitoria tercera. Comisión Ejecutiva de Coordinación.
- Disposición transitoria cuarta. Dirección de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Adaptación de órganos adscritos o relacionados con el Ministerio del Interior.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 400/2012?
- Real Decreto 400/2012 está derogada desde el 2017-07-29: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 400/2012?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 400/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.