Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local.
BOE-A-2013-10268 · Boletín Oficial del Estado, 2013-10-03 · Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Orden HAP/1781/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden HAP/1781/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-09-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 237, 2013-10-03
- Entrada en vigor
- 2015-01-01
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 66
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-10268
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
A raíz de la aprobación de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas locales, se inició un importante proceso de reforma en la contabilidad de las entidades locales y sus organismos autónomos, que se tradujo en un cambio radical en la llevanza de la contabilidad al completarse el tradicional método de partida simple con el método de partida doble, estableciéndose la obligatoriedad de aplicar un Plan General de Cuentas conforme al Plan General de Contabilidad Pública (en adelante PGCP).
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación de la Instrucción del modelo normal de contabilidad local.
- Disposición transitoria primera. Apertura de la contabilidad del ejercicio 2015.
- Disposición transitoria segunda. Información a incluir en las cuentas anuales del ejercicio 2015.
- Disposición transitoria tercera. Información sobre el coste de las actividades e indicadores de gestión.
- Disposición transitoria cuarta. Formación y rendición de cuentas de ejercicios anteriores a 2015.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Regla 1. Ámbito de aplicación.
- Regla 2. Entidades contables.
- Regla 3. Obligación de rendir cuentas.
- Regla 4. Ejercicio contable.
- Regla 5. Modelo contable.
- Regla 6. Aplicación del Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración local.
- Regla 7. Destinatarios de la información contable.
- Regla 8. Del Pleno de la Corporación.
- Regla 9. De la Intervención u órgano de la entidad local que tenga atribuida la función de contabilidad.
- Regla 10. De la Intervención General de la Administración del Estado.
- Regla 11. Definición.
- Regla 12. Objeto.
- Regla 13. Fines.
- Regla 14. Configuración informática del Sistema.
- Regla 15. Soporte de los registros contables.
- Regla 16. Seguimiento y control contable de los remanentes de crédito.
- Regla 17. Remanentes de crédito iniciales.
- Regla 18. Rectificación de remanentes de crédito.
- Regla 19. Certificación de existencia de remanentes de crédito.
- Regla 20. No incorporabilidad de remanentes de crédito.
- Regla 21. Concepto.
- Regla 22. Estructura.
- Regla 23. Vinculación jurídica.
- Regla 24. Seguimiento y control contable de los proyectos de gasto.
- Regla 25. Concepto.
- Regla 26. Estructura.
- Regla 27. Seguimiento y control contable de los gastos con financiación afectada.
- Regla 28. Coeficiente de financiación.
- Regla 29. Desviaciones de financiación.
- Regla 30. Delimitación.
- Regla 31. Relaciones entre el ente gestor y el ente titular de los recursos.
- Regla 32. Tratamiento contable de las operaciones de administración de recursos por cuenta de otros entes públicos en el ente gestor.
- Regla 33. Tratamiento contable de las operaciones relativas a recursos administrados por otro ente público en el ente titular.
- Regla 34. Justificación.
- Regla 35. Medios de justificación.
- Regla 36. Soporte de las anotaciones contables.
- Regla 37. Autorización.
- Regla 38. Toma de razón.
- Regla 39. Archivo y conservación de los justificantes de las operaciones y de los soportes de las anotaciones contables.
- Regla 40. Conservación de los registros contables.
- Regla 41. Tipos de información.
- Regla 42. Soporte de la información.
- Regla 43. Garantía de la información contable.
- Regla 44. Delimitación de la Cuenta General.
- Regla 45. La Cuenta de la propia entidad local y la Cuenta de los organismos autónomos.
- Regla 46. Las cuentas anuales de las sociedades mercantiles y de las entidades públicas empresariales dependientes de la entidad local.
- Regla 47. Formación de la Cuenta General.
- Regla 48. Documentación complementaria.
- Regla 49. Aprobación de la Cuenta General.
- Regla 50. Cuentadantes.
- Regla 51. Procedimiento de rendición.
- Regla 52. Elaboración.
- Regla 53. Contenido.
- Regla 54. Elaboración.
- Regla 55. Contenido.
- Regla 56. Primera parte: Liquidación del presupuesto referida, al menos, a seis meses del ejercicio.
- Regla 57. Segunda parte: Estimación de la Liquidación del presupuesto referida a 31 de diciembre.
- Regla 58. Información para los órganos de gestión y de control interno.
- Regla 59. Información para otras Administraciones Públicas.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden HAP/1781/2013?
- Orden HAP/1781/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden HAP/1781/2013?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden HAP/1781/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.