Vigesimoprimero. Transporte Terrestre.
Vigesimoprimero de la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias. · BOE-A-2021-15557
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-26.
Texto consolidado
El titular de la Dirección General de Transporte Terrestre delega en el titular de la Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación del Transporte Terrestre, el ejercicio de las facultades relativas a la gestión de las tasas que gravan la prestación de servicios y la realización de actuaciones por la Administración en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera, previstas en el artículo 27 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.