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Resolución Vigente

Vigesimoprimera. Publicidad e información.

Vigesimoprimera de la Resolución de 19 de septiembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se autoriza a la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., a otorgar subvenciones y se aprueban las bases reguladoras para su concesión. · BOE-A-2019-13613

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-09-25.

Texto consolidado

1. El texto completo de las presentes Bases Reguladoras se podrá consultar en la página web de la FPyC y en el «Boletín Oficial del Estado».

2. A los efectos previstos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), se informa de que los datos personales recabados como consecuencia de la participación en las convocatorias de ayudas por parte de la FPyC serán tratados por esta entidad, cuyos datos de contacto son los siguientes:

1.º Identidad: Fundación Pluralismo Y Convivencia F.S.P.

2.º NIF: G84248616.

3.º Dirección postal: Calle Fernández de los Ríos, 2, 28015 Madrid.

4.º Teléfono: 911858944.

5.º Correo electrónico: fundacion@pluralismoyconvivencia.es

3. Los datos serán tratados con la finalidad de gestionar dicha participación y conceder las ayudas a las entidades beneficiarias. La base de este tratamiento es la relación jurídica mantenida por las partes como consecuencia de la participación en las convocatorias, así como el cumplimiento de las obligaciones legales exigidas para justificar la subvención (Ley 38/2003, de 17 de noviembre) siendo obligatorio la entrega de los datos personales solicitados, ya que, de lo contrario, no podrá participar en la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-09-25.

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