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Resolución Vigente

V. Cuantía de los contratos.

V de la Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 22 de diciembre de 2015, por el que se aprueba la Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades del Sector Público Local. · BOE-A-2015-14287

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-31.

Texto consolidado

Se entenderá por cuantía o precio del contrato, a los efectos de esta Instrucción, el importe de adjudicación, IVA excluido. Cuando el precio solo se hubiera formulado en precios unitarios, se entenderá por cuantía del contrato el importe máximo limitativo del gasto [artículos 87.2 del TRLCSP y 71.6.b) y 71.7.b) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas] o, en su defecto, el valor estimado del contrato.

Asimismo, en los expedientes de contratación que den lugar a múltiples adjudicatarios y, por tanto, a múltiples contratos por la existencia de lotes o prestaciones diferenciadas, se tendrá en cuenta el importe agregado de todos los lotes integrantes del expediente para determinar la cuantía del contrato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-31.

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