Undécimo. Nombramiento y bolsa de candidaturas.
Undécimo de la Orden JUI/80/2026, de 29 de enero, por la que se regula el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia. · BOE-A-2026-3001
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-10.
Texto consolidado
1. Una vez realizada la valoración y selección de las consejeras y consejeros del CEPIA, el jurado elevará a la persona titular de la Dirección General con competencias en el impulso de la participación de la infancia y la adolescencia en España y apoyo al CEPIA la propuesta. Ésta adoptará la resolución por la cual se nombrará a las nuevas consejeras y consejeros, debiendo ser publicada en la página web del departamento ministerial correspondiente.
2. El resto de las candidaturas que cumplan los requisitos exigidos y alcancen una puntuación suficiente, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria, pasarán a formar parte de una bolsa de candidaturas que podrá ser utilizada en la siguiente renovación de miembros del CEPIA.