Undécimo.
Undécimo de la Orden de 12 de marzo de 1987 por la que se establecen para las islas Canarias las normas fitosanitarias relativas a la importación, exportación y tránsito de vegetales y productos vegetales. · BOE-A-1987-7430
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-03-25.
Texto consolidado
1. Los vegetales, productos vegetales y otros objetos destinados a la exportación deben responder a las exigencias fitosanitarias del país importador.
2. Con objeto de cumplir con lo estipulado en el apartado anterior, al menos los vegetales, productos vegetales y otros objetos enumerados en el anejo VII, estarán sometidos a control fitosanitario previo a la exportación. Para las mercancías no comprendidas en el anejo VII y a requerimiento del exportador, deberá efectuarse la correspondiente inspección fitosanitaria.