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Orden Vigente

Undécimo. Compañía Nacional de Teatro Clásico.

Undécimo de la Orden CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el Código de buenas prácticas del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. · BOE-A-2008-19644

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-05.

Texto consolidado

La Compañía Nacional de Teatro Clásico (CNTC) tiene como misión garantizar la divulgación del patrimonio teatral español y universal anterior al siglo XX, con especial atención al Siglo de Oro, e impulsar su difusión nacional e internacional.

Para ello se comprometerá, de acuerdo con este código de buenas prácticas, al cumplimiento de una serie de objetivos generales conforme a los siguientes criterios, que serán tenidos en cuenta en la redacción del contrato-programa:

1. Divulgar el patrimonio cultural español y universal anterior al siglo XX a través de producciones propias, incluyendo en las programaciones el número de compañías invitadas que se determine, siempre que se ajusten a los objetivos del INAEM.

2. Encargar la dirección de los espectáculos propios en atención a los siguientes criterios: El Director de la CNTC, si se tratara de un director artístico, dirigirá el número de obras por temporada que se determine (producción nueva y repertorio).

3. Encargar una producción nueva al año, designada por el consejo artístico, a un director o directora invitada.

4. Seleccionar, a propuesta del Director, al resto de directores invitados para las restantes producciones.

5. Fomentar la transmisión de los conocimientos artísticos a través de talleres, clases magistrales o cualquier otro medio que asegure la presencia de alumnos externos, que se formarán con los directores, cumpliendo con la necesidad de transmitir el patrimonio artístico a las nuevas generaciones.

6. Obtener, por temporada, financiación vía patrocinio, cobro por prestación de servicios, venta de localidades, o cualquier otro ingreso que se pueda generar dentro del marco legal establecido.

En el caso de no alcanzar el porcentaje que se determine, deberá justificarse el interés social de la producción de acuerdo con los objetivos del INAEM.

7. Realizar estrenos nacionales en todo el territorio español, fuera de su sede habitual, en el porcentaje de las obras programadas que se determine.

8. Realizar estrenos y giras por toda España de los espectáculos producidos. Las giras obedecerán a principios de calidad, interés público y social, oportunidad, financiación y cooperación institucional.

9. Realizar giras fuera de España, que obedecerán a principios de calidad, interés público y social, oportunidad, financiación y cooperación institucional.

10. Desarrollar una función formativa y pedagógica a través de la Joven Compañía Nacional de Teatro Clásico, realizando talleres y cursos especializados, exposiciones, elaborando propuestas específicas para colectivos de jóvenes y mayores, centros educativos, colectivos del sector (actores, directores, escenógrafos, adaptadores de verso, etc.) y ejecutando al año los que se determinen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-05.

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