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Orden Derogada 2 redacciones

Tres.

Tres de la Orden de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de alfalfa, dáctilo, festuca y ray-grass. · BOE-A-1985-15247

Atención: BOE-A-1985-15247 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el caso de que actúe un representante del obtentor o sus causahabientes, deberá acompañarse documento legalizado de acreditación, con autorización expresa para presentar la solicitud. Cuando se trate de solicitantes extranjeros, no comunitarios, la actuación de un representante será necesaria. Asimismo, deberá acompañarse a la solicitud declaración de obtentor o causahabiente de poder ejercer en España los derechos que poseen sobre la variedad solicitada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-06-13.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1986-15315.

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