Trece.– El hecho de que una variedad aparezca incluida en la Lista de Variedades Comerciales correspondiente, significará, a todos los efectos, que ha sido inscrita en el Registro de Variedades Comerciales.
Trece de la Orden de 23 de mayo de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de Inscripción de Variedades de Vid. · BOE-A-1986-14959
Atención: BOE-A-1986-14959 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.