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Resolución Vigente

Tercero. Requisitos para la presentación telemática por parte de los adjudicatarios de los concursos de adopción de tipo de bienes y servicios de adquisición centralizada de las propuestas de modificación y actualización de los productos y servicios adjudicados.

Tercero de la Resolución de 16 de mayo de 2005, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se aprueba la aplicación Conecta-Patrimonio para la presentación telemática de proposiciones a los concursos de adopción de tipo de bienes y servicios de adquisición centralizada, así como de peticiones de suministros y servicios derivados de dichos concursos. · BOE-A-2005-8835

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-31.

Texto consolidado

Cuando, en los términos establecidos en el artículo 193.5, letras e), f) y g) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, los adjudicatarios de contratos de adopción de tipo comuniquen nuevos precios y condiciones para su aplicación a sucesivos suministros o servicios o presenten propuestas de sustitución de bienes o servicios adjudicados o de inclusión de nuevos bienes al tipo adjudicado o similares al mismo, la presentación de las propuestas de modificación podrá realizarse de forma telemática siempre que los adjudicatarios reúnan los siguiente requisitos:

a) La solicitud y las propuestas deberán ser cumplimentadas y presentadas mediante la aplicación informática CONECTA-PATRIMONIO, aprobada en la presente resolución. El acceso a dicha aplicación estará disponible en el portal del Ministerio de Economía y Hacienda en la dirección electrónica http://catalogopatrimonio.meh.es

b) La presentación telemática de las propuestas de modificación y actualización deberá ser autenticada con la firma electrónica del interesado, que deberá ostentar poder bastante para realizar dicha propuesta.

c) Los interesados que opten por esta modalidad deberán darse de alta en el buzón electrónico de notificaciones proporcionado por el Ministerio de Economía y Hacienda (Dirección General del Patrimonio del Estado), a los efectos de recibir de forma telemática las notificaciones que se produzcan en el curso del proceso de modificación.

d) Los interesados deberán disponer de una dirección de correo electrónico para recibir los avisos de notificación telemática así como las comunicaciones que no requieran notificación fehaciente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-05-31.

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