Tercero. Publicidad.
Tercero del Real Decreto 684/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Illes Balears. · BOE-A-2013-9429
Atención: Real Decreto 684/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Dado el carácter público de los planes hidrológicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 40.4 del texto refundido de la Ley de Aguas, el contenido integro del Plan Hidrológico podrá consultarse por cualquier persona en las oficinas de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Consejería de Medio Ambiente de Baleares. Igualmente, esta información estará disponible en la página Web (http://www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?estua=209&lang=ca&codi=1452139&coduo=209). Sin perjuicio de la publicación de la parte normativa del Plan y sus anexos en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears» de conformidad con el artículo 3.2 de la citada parte normativa del Plan.
Asimismo, se podrán obtener copias o certificados de los extremos del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y acceder a su contenido en los términos previstos en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
Más artículos de Real Decreto 684/2013
- ← Segundo. Condiciones para la realización de las infraestructuras hidráulicas promovidas por la Administración General…
- → Cuarto. Derogación normativa.
- Ver la norma completa: Real Decreto 684/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Illes Balears.