Tercero. Publicidad y eficacia.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-02.
Texto consolidado
Esta orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», siendo aplicables las modificaciones en las obligaciones de servicio público a que se refiere el apartado primero a partir del día posterior a su publicación.
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- ← Segundo. Ajuste de las tarifas de referencia y del límite superior de las tarifas flexibles.
- Ver la norma completa: Orden TMA/830/2022, de 22 de agosto, por la que se recuperan las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de junio de 2006, por el que se declaran obligaciones de servicio público en rutas aéreas entre las islas Canarias, dejando sin efecto las modificaciones temporales establecidas por la Orden TMA/676/2020, de 20 de julio, y se modifican las tarifas de referencia establecidas en dichas obligaciones.