Tercero. Modificación del Plan de Estudios.
Tercero de la Orden PRE/1479/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil. · BOE-A-2006-8581
Atención: Orden PRE/1479/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La modificación del Plan de Estudios aprobado por esta Orden Ministerial, queda sometida con carácter general a las siguientes condiciones:
a) El plan de estudios tendrá una vigencia temporal mínima de dos cursos académicos.
b) El plan de estudios modificado total o parcialmente, se extinguirá a la conclusión del curso académico.
2. No obstante lo dispuesto en el número anterior, cuando modificaciones legislativas, avances culturales, tecnológicos, o de otra índole aconsejen la variación del plan, los Ministros de Defensa y del Interior, conjuntamente, podrán establecer sistemas de adaptación o, en su caso, convalidación de materias entre el nuevo plan que se apruebe y el anterior.