El Vínculo El Vínculo.
Orden Derogada

Tercero. Documentos a aportar por el emisor.

Tercero de la Orden EHA/3537/2005, de 10 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 27.4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. · BOE-A-2005-18771

Atención: Orden EHA/3537/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

De conformidad con lo dispuesto en la letra a) del artículo 26.1 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, el emisor deberá aportar a la CNMV los documentos que acrediten la sujeción del emisor y de los valores al régimen jurídico que les sea aplicable. La CNMV especificará los documentos acreditativos que el emisor deberá aportar en función de la naturaleza del emisor y de los valores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-11-17.

Más artículos de Orden EHA/3537/2005

En El Vínculo puedes leer Orden EHA/3537/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.