Tercero.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-07-01.
Texto consolidado
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad serán obligatorias, para los ejercicios que se inicien con posterioridad a 30 de junio de 1995.
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- Ver la norma completa: Orden de 27 de junio de 1995 por la que se dispone que las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las sociedades anónimas deportivas sean de aplicación a los clubes deportivos que no ostenten la forma de sociedad anónima deportiva y que participen en competeciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal.