Tercero.
Tercero de la Orden de 26 de abril de 1996 sobre justificación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social por los clubes y sociedades anónimas deportivas. · BOE-A-1996-10207
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-09.
Texto consolidado
La solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago deberá estar presentada ante el órgano competente de la Administración de la Seguridad Social con anterioridad a la fecha señalada como inicio de la temporada.