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Orden Vigente

Tercero. Modificaciones de Ponencias.

Tercero de la Orden de 14 de octubre de 1998 sobre aprobación del módulo de valor M y del coeficiente RM y sobre modificación de Ponencias de valores. · BOE-A-1998-24160

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-10-21.

Texto consolidado

Las modificaciones de Ponencias de valores deberán ajustarse a los criterios y directrices de coordinación nacional de valores con base en las cuales se hubiera aprobado la Ponencia que se modifica, así como a las áreas económicas homogéneas, módulos, bandas de coeficientes y coeficientes correctores contenidos en la misma. Los coeficientes de actualización que sean de aplicación a los valores catastrales resultantes de la Ponencia que se modifica se aplicarán igualmente a los que resulten de las modificaciones de la misma.

A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el expediente de modificación de Ponencia se compondrá de los documentos que definan el alcance de la modificación, recogiendo los nuevos valores de calle o tramo de calle y, en su caso, la nueva delimitación del suelo de naturaleza urbana, y se justificará con los análisis y conclusiones de los estudios de mercado que se realicen sobre el ámbito territorial al que afecte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-10-21.

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